Bases legales promoción beneficios 1.er trimestre 2024
BASES Y CONDICIONES GENERALES PROMOCIÓN
“Promoción Beneficios Noviembre y Diciembre 2023”
INMOBILIARIA PILARES S.A. Y SOCOVESA INMOBILIARIA Y CONSTRUCCIONES SA
- Antecedentes
1.1 Comparecen Inmobiliaria PILARES S.A., RUT 76.026.047-9 y SOCOVESA INMOBILIARIA Y CONSTRUCCIONES SA, RUT: 96.789.820-1 ambas representadas según se acreditará por don José Ignacio Gras Carmona, cédula de identidad N° 13.730.048-6: y don Carlos Leyton Frauenberg: cédula de identidad N° 13.218.268-k, todos con domicilio para estos efectos en Eliodoro Yañez N° 2962, Providencia, Santiago, en adelante también como las “Inmobiliarias””.
1.2 A modo promocional y por el plazo fijo, términos y condiciones que se establecen en este instrumento, las Inmobiliarias, ha establecido una promoción, en cuya virtud cualquier persona natural mayor de edad que adquiera a título de propietario uno o más de los departamentos u oficinas, en adelante también denominados como las “unidades” indicados en el número 4 de las presentes bases, tendrá derecho a escoger alguno de los beneficios de los siguientes con los términos y condiciones que pasan a expresarse a continuación.
Los Beneficios son:
– Giftcard $500.000.- DCanje
– Gastos Comunes gratis por un año desde la entrega del o los inmuebles, que forman parte de la presente promoción.
– Corretaje y administración gratis por uno o 4 años desde la firma de los representantes de la inmobiliaria de la respectiva escritura de compraventa de el o los inmuebles, que forman parte de la presente promoción.
– Tasa asegurada 2,9% en su crédito hipotecario por 3 años desde la suscripción de la respectiva escritura de compraventa del o los inmuebles, que forman parte de la presente promoción.
– Hasta 60 cuotas para pagar tu pie, que forma parte de la presente promoción.
1.3 Conforme a lo anterior, las presentes Bases y Condiciones Generales, en adelante también las “Bases”, contienen los términos y condiciones en cuya virtud se podrá acceder a la promoción “Promoción Beneficios 1 Trimestre 2024.
- Forma de operar de la promoción y características de los beneficios.
La presente promoción consiste en entregar a los clientes que suscriban una promesa de compraventa durante 1 trimestre 2024 respecto a algún departamento u oficinas señalados en el punto 4 de las presentes bases y que se “materialice” la adquisición de la unidad ofertada comprar o prometida comprar, antes del vencimiento del plazo máximo señalado en el punto 3 de las presentes bases, uno cualquiera de los siguientes beneficios:
- GIFT CARD, equivalente a la suma de $500.000.- (quinientos mil pesos), y ésta será canjeable será canjeada en la plataforma de Dcanje. La giftcard no será canjeable en dinero ni transferible.
La GiftCard deberá estar a disposición del respectivo cliente en un máximo de 60 días después que el participante haya suscrito la respectiva promesa de compraventa y/o escritura pública de compraventa.
- Gastos comunes gratis por un año: Las Inmobiliarias pagarán directamente a la administración del edificio el monto de gastos comunes que le corresponde pagar en dicho periodo, desde la entrega de la respectiva unidad.
- Corretaje, administración y seguro de no pago gratis: Este beneficio podrá ser de 1, o 4 años de gratuidad y este servicio será presentado por una empresa externa y el cliente e inmobiliaria definirán la fecha de su activación
- Tasa 2,9% asegurada por 3 años: Las Inmobiliarias pagarán la diferencia que se origine entre la tasa actual del cliente y la tasa ofrecida del 2,9%. Esta diferencia se fijará en un monto en UF y se pagará de forma mensual directamente en la cuenta corriente del cliente. Dicho beneficio se hará exigible al momento de suscribirse la escritura de compraventa de la unidad que forme parte de las presentes bases.
- Hasta 60 cuotas para pagar tu pie: Una empresa externa (Creditu), prestará a nuestros clientes un crédito sin intereses hasta en 60 cuotas, previa evaluación de crédito por parte de dicha empresa. Los intereses de dicho préstamo los pagará la Inmobiliaria.
La obtención y condiciones del prestamos es entre el cliente y la empresa Creditu y la inmobiliaria no es responsable de dicho contrato.
La metodología para entregar estos beneficios será a través de un acuerdo comercial el cual será suscrito por el ejecutivo de ventas y el cliente, el cual, formará parte como un anexo del contrato de promesa de compraventa y/o escritura de compraventa.
Se deja constancia que, para los efectos de la presente promoción, se entenderá que del proceso compra o de adquisición de los departamentos y/o oficina se “materializa” con la suscripción por parte del comprador de la escritura de compraventa del inmueble o inmuebles, según lo que corresponda.
- Vigencia de la promoción.
Esta promoción tendrá una vigencia única entre los días 2 enero y 31 de marzo del año 2024, ambos días inclusive. Este plazo sólo rige para la suscripción de promesas y/o escritura de compraventa.
- Viviendas de las Inmobiliarias en Promoción.
Para el beneficio de “Tasa 2,9% asegurada por 3 años” que forma parte de la presente promoción, es factible entregar pero solo en algunos de los departamentos u oficinas disponibles a la venta en los siguientes proyectos, de acuerdo con los plazos antes mencionados:
- Edificio Ñuble, comuna de Santiago.
- Edificio Serafín Zamora 22, comuna de la Florida.
- Proyecto Centro Urbano Santos Dumont, Etapa A, Oficinas y B, comuna de Independencia.
- Edificio Lo Ovalle 0330 A y B, comuna de La Cisterna
- Edificio Guillermo Mann 1305, comuna de Ñuñoa.
- Edificio Conde del Maule 4260, Comuna Estación Central
- Edificio Rupanco 120, Comuna La Florida
Se deja expresa constancia que las unidades de los proyectos antes mencionados que podrán optar al presente beneficios, podrán variar, para lo cual deberán ser definidas por las inmobiliarias conforme a planillas mensuales en la cual consten las unidades beneficias, las que deberán ser protocolizadas y formarán parte de la presente promoción.
- Estipulaciones generales
5.1 La promoción a que se refieren estas Bases no es acumulable a otras promociones de las Inmobiliarias ni a ninguna promoción de las inmobiliarias u empresas que forman parte de Empresas Socovesa.
5.2 Los adquirentes de departamentos y/o oficinas de las Inmobiliarias las autorizan desde ya para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la ley 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
5.3 Para cualquier materia, diferencia o controversia que surja en relación con la promoción y/o con estas Bases, los adquirentes de departamentos y/o oficinas, y fijan domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
5.4 Las Inmobiliaria podrán prorrogar la vigencia, modificar y/o complementar las presentes Bases en cualquier momento y a su exclusiva determinación, mediante declaración escrita efectuada por su representante legal, la cual se protocolizará en la misma Notaría en que se encuentran protocolizadas las presentes Bases.
5.5 Cualquier dificultad o controversia que se produzca entre los contratantes respecto de la aplicación, interpretación, duración, validez o ejecución de este contrato o cualquier otro motivo será sometida a arbitraje, conforme al Reglamento Procesal de Arbitraje del Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago, vigente al momento de solicitarlo. Las partes confieren poder especial irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A.G., para que, a petición escrita de cualquiera de ellas, designe a un árbitro arbitrador en cuanto al procedimiento y de derecho en cuanto al fallo, de entre los integrantes del cuerpo arbitral del Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago. En contra de las resoluciones del árbitro no procederá recurso alguno. El árbitro queda especialmente facultado para resolver todo asunto relacionado con su competencia y/o jurisdicción.
5.6. Se faculta a don Juan Ignacio Contesse Ayala y Daniela Arellano Jordán para que actuando uno cualquiera de ellos indistintamente protocolizar el texto íntegro del presente instrumento actuando en forma conjunta o separada.
La personería de los representantes de Inmobiliaria Pilares S.A consta en la escritura pública de fecha 10 de Julio del año 2019 otorgadas en la Notaria de Santiago de don Alberto Mozo Aguilar.
La personería de los representantes de Socovesa Inmobiliaria y Construcciones S.A., consta en la escritura pública de fecha 9 de Julio del año 2019 otorgadas en la Notaria de Santiago de don Alberto Mozo Aguila
JOSE IGNACIO GRAS CARMONA
INMOBILIARIA PILARES S.A.
SOCOVESA INMOBILIARIA Y CONSTRUCCIONES S.A.
CARLOS LEYTON FRAUENBERG
INMOBILIARIA PILARES S.A.
SOCOVESA INMOBILIARIA Y CONSTRUCCIONES S.A.